jueves, 1 de septiembre de 2011

Detalles Importantes que deben de ir en el Testimonio de la Empresa para Agentes de Carga

Siguiendo con una serie de temas que voy a ir escribiendo hasta completar el ciclo de lo que involucra la creación de las Agencias de Carga en el Perú y su funcionamiento, es importante saber qué debe ir en el Testimonio de la Empresa puesto que está nos permitirá legalmente iniciar las actividades que competan a nuestro sector así como las funciones de los Socios dentro de la empresa.
Si bien es cierto que los abogados tienen los modelos listos para poder preparar el Testimonio o Minuta de Constitución, es bueno tener en consideracion de algunos puntos que van en este valioso documento.

Para iniciar un aspecto importante que figura en el Testimonio son los TERMINOS en los que se constituye una empresa, detallaré algunos que considero muy importante y daré un breve resumen del resto:

PRIMER TERMINO - Razón Social y Nombre Comercial
Se detalla el Nombre de la Empresa de forma completa, si es una Sociedad Anónima Cerrada, de Responsabilidad Limitada, etc. Para nuestro caso usaremos una Sociedad de Anónima Cerrada (S.A.C.) el nombre de la empresa será: MI AGENCIA SOCIEDAD ANONIMA CERRADA y también en este Primer Término se detalla el nombre Comercial el cuál será MI AGENCIA S.A.C., tengamos en cuenta que el nombre comercial puede ser diferente a la Razón Social pudiéndose poner alguna marca o nombre característico que se considere pertinente.

SEGUNDO TERMINO - Capital Social
Para formar una sociedad se necesitan de dos a más personas y el Capital Social es el aporte que dan los Socios, estos pueden ser de 3 modalidades: Aportes en BIENES NO DINERARIOS, BIENES EN EFECTIVO y MIXTOS (Bienes No Dinerarios y Bienes en Efectivo).

BIENES NO DINERARIOS.- Estos pueden ser bienes muebles desde Escritorios, Estantes, Computadoras, Impresoras, y otros hasta Oficinas o Locales Comerciales, Automóviles, Camiones, etc.
BIENES EN EFECTIVO.- Dinero en efectivo y estos deberán de ser abonados en la cuenta corriente de la empresa en Moneda Nacional o Extranjera.
MIXTOS.- Pueden dar ambos tipos de Bienes señalados anteriormente como Aporte de Capital y estos son suscritos por el Notario al momento de hacer la firma de los socios.

Ambos tipos de Bienes tienen que ser valorizados, suscritos y pagados por los Socios; las ACCIONES SON NOMINATIVAS y estas pueden ser valorizadas en moneda nacional o extranjera, un ejemplo es que si alguien da un aporte en efectivo de $2,500.00 estos pueden ser representados por 50 Acciones Nominativas con un Valor Nominal de $50.00 por cada acción.

TERCER TERMINO - Informe de Valorización
Cuando se aportan Bienes No Dinerarios estos deberán ser descritos en el Testimonio, detallando: El Nombre del Declarante, Cantidad, Características, Modelos o Medidas y el Valor en el Mercador, por ejemplo:

JUAN ALFREDO PEREZ LÓPEZ aporta:
01 PROCESADOR INTEL CORE 2 DUO,
MARCA: LENOVO, MODELO: N500, SERIE: L3-DXN9M 09/03
VALOR/MERCADO S/. 3,800.00

Este mismo proceso se realiza con los otros socios y sus aportaciones, un dato muy importante es que para que se constituya la sociedad es necesario que tenga su capital suscrito totalmente, y cada acción suscrita esté pagada, por lo menos, en un 25%. No se exige un monto mínimo de capital social a efectos de constituir la sociedad pero la única forma para que un abogado no verifique la suscripción del capital social es si es que este no supera los S/. 10,000.00 en total como aporte.

CUARTO TERMINO - Introducción al ESTATUTO
Este punto es el que introduce al Estatuto, cuerpo del Testimonio en donde se detallan las funciones y obligaciones de los Socios, usualmente se detalla solo lo siguiente:
"La sociedad se regirá por el ESTATUTO siguiente y en todo lo no previsto por este, se estará a lo dispuesto por la ley general de sociedades – ley 26887 – que en adelante se le denominara la “ley”."

ESTATUTO
ARTICULO 1.- DENOMINACION-DURACION-DOMICILIO
ARTICULO 2.- OBJETO SOCIAL

El Objeto social describe las actividades que la empresa realizará, lo básico que deberá describirse en el Objeto Social para que la empresa funcione como Agencia de Carga debe ser:
"LA SOCIEDAD TIENE POR OBJETO PRINCIPAL DEDICARSE A BRINDAR ACTIVIDADES DE AGENCIA DE CARGA AÉREA, MARÍTIMA, MULTIMODAL, ACTIVIDADES DE TRANSPROTE, CONSIGNACION, CONSOLODACION, DESCONSOLIDACION, CORRETAJE EN GENERAL, DE TODO TIPO DE MERCADERIA MARITIMA, TERRESTRE, AEREO Y/O MULTIMODAL, MEDIANTE REPRESENTACION DE COMPANÍAS Y/O AGENCIAS DE TRANSPORTE NACIONALES Y/O EXTRANJERAS.
TAMBIEN PODRA REALIZAR ACTIVIDADES ANEXAS Y CONEXAS A SU OBTETO SOCIAL Y LAS QUE SE ACUERDEN EN JUNTA GENERAL DE ACCIONISTAS SIN MAS LIMITACIONES QUE LAS QUE ESTABLECEN LAS LEYES DE LA REPUBLICA."

ARTÍCULO 3.- CAPITAL SOCIAL
ARTICULO 4.- TRANSFERENCIA Y ADQUISICION DE ACCIONES:
ARTICULO 5.- ORGANOS DE LA SOCIEDAD:

Estos pueden elegirse y los más comunes en una Sociedad Anónima Cerrada son:
LA JUNTA GENERAL DE ACCIONISTAS; LA GERENCIA; EL DIRECTORIO.
El Directorio puede ser opcional, siendo obligatorio los otros dos Organos de la Sociedad.

ARTICULO 6.- JUNTA GENERAL DE ACCIONISTAS
ARTICULO 7.- JUNTAS NO PRESENCIALES
ARTICULO 8.- LA GERENCIA

En este Artículo se deberá detallar todas las FACULTADES que la Gerencia General podrá realizar teniendo como puntos principales:
 - FACULTADES ADMINISTRATIVAS
 - FACULTADES LABORALES
 - FACULTADES CONTRACTUALES
 - FACULTADES CAMBIARIAS
 - FACULTADES DE REPRESENTACION

ARTICULO 9.- GERENTE GENERAL
En este artículo de detalla la RESPONSABILIDAD del Gerente General que asume ante la Sociedad, Accionistas, y Terceros por los Daños y Perjuicios que Ocasione el inclumplimiento de sus obligaciones.

ARTICULO 10.- GERENTE GENERAL
En este artículo se podrá indicar que el Gerente General podrá nombrar un APODERADO que lo represente durante su ausencia delegandole todas sus facultades y atribuciones constando en acta de los periodos de actividad del apoderado.

ARTICULO 11.- MODIFICACION DEL ESTATUTO, AUMENTO Y REDUCCION DEL CAPITAL
ARTICULO 12.- ESTADOS FINANCIEROS Y APLICACION DE UTILIDADES
ARTICULO 13.- DISOLUCION, LIQUIDACION Y EXTINCION


DISPOSICIONES TRANSITORIAS
En estas se puede detallar el nombramiento de un Apoderado o Gerente, indicando sus nombres y apellidos, estado civil y domicilio.

CLAUSULAS ADICIONALES
De haber algún socio casado, en esta cláusula el conyuge tendrá que certificar que acepta la participación de su pareja en la sociedad y la aceptación del aporte que este realiza.

Estos son los principales aspectos que se deben tener en cuenta en el TESTIMONIO de la empresa, si bien es cierto no he detallado cada Punto y Artículo, he dado detalles en los que considero relevantes y sumamente importantes al momento de querer constituir una Agencia de Carga en el Perú basándonos en la Legislación actual y el la Ley de Sociedades Vigente.

Cualquier comentario y observación será bien recibida, muchas gracias.

jueves, 25 de agosto de 2011

Pasos Básicos para Crear una Agencia de Carga en el Perú

Ante las constantes llamadas de amigos que me preguntan: ¿Cómo hiciste para abrir tu Agencia de Carga y en cuánto tiempo te dieron el permiso? es que voy a dedicarme a hacer un foro indicando los pasos a relizar y documentos a presentar a las entidades involucradas asi como una referencia del timepo que demora nos solo obtener el permiso de la Aduana Marítima del Callao, sino el tiempo que demora implementar la misma y poder hacer que funciones desde el primer día.

Para empezar, toda empresa se tiene que Constituir y Legalizar por Ley para poder brindar un servicio Legal a sus clientes y esta tiene que ser una Persona Jurídica osea una Sociedad de dos a más personas, no se puede aperturar una Agencia de Carga como Persona Natural ni como una SRL (Sociedad de Responsabilidad Limitada), el trámite de esta se realiza con pasos muy sencillos, ojo no detallo costos exactos solo aproximados:

PRIMERO: "BUSQUEDA DE NOMBRE EN REGISTROS PUBLICOS - SUNARP"
No pueden existir dos empresas con el mismo nombre o Razón Social, asi que se tiene que hacer en primera instancia una búsqueda en la SUNARP para verificar que el nombre que queramos ponerle a nuestra empresa no esté siendo usada por otras personas, de lo contrario rechazarán nuestra solicitud y habremos perdido tiempo valioso.
Se llena un formulario gratuito que te lo dan en Atención al Usuario en donde escribes la Razón Social que deseas y luego sacas un ticket para que puedas efectuar el pago, este está normado y según recuerdo era de S/.8.00 por cada nombre que busques, te indican que la busqueda demora 48 horas y luego de eso podrás hacer la inscripción del nombre elegido.

SEGUNDO: "INSCRIPCION DE NOMBRE EN REGISTROS PUBLICOS - SUNARP"
Después de haber verificado que el nombre de la NUEVA EMPRESA está disponible uno tiene que presentar un formulario de INSCRIPCION DE PERSONA JURIDICA en la misma SUNARP, el formulario te lo brindan en Atención al Usuario y en unos módulos podrás ver como se llena la información dentro del formulario, datos básicos que debes tener es:
- Nombre de la Empresa
- Nombres y Apellidos del solicitante
- Dirección donde se va a inscribir la empresa
- Copia del DNI del solicitante

En este útimo punto hay que tener mucho cuidado puesto que si la dirección de inscripción de la empresa queda ubicada en La Provincia Constitucional del Callao, el trámite se deberá realizar exclusivamente en la SUNARP de dicha Provincia y no en Lima, si la dirección es en Lima se podrá acercar a cualquier oficina en toda Lima Metropolitana.
Para que puedan ver que Oficina de la Sunarp les queda más cerca tomen nota del link: http://www.sunarp.gob.pe/ubicacion00.asp

Siguiendo con el Segundo paso y luego de haber completado nuestro formulario, nos acercamos nuevamente a las ventanillas la cuál se nos será asignada por un personal de Sunarp de acuerdo al trámite que vamos a realizar, asi que le diremos que venimos a realizar la INSCRIPCION DE UNA PERSONA JURIDICA y este(a) nos entregará un ticket de atención, al momento que nos atiendan nos van a pedir el resultado de la Búsqueda de Nombre y el Frmulario de Inscripción, ellos ingresarán al sistema su solicitud y les darán un ticket de pago para que lo cancelen en caja, el costo es de aproximadamente S/.40.00 y les darán el tiempo que demorará el trámite, este demora aproximadamente 7 días hábiles que pueden ser más dependiendo de la rapidez de la SUNARP

*********************** Ojo que los pasos anteriores pueden ser realizados por un Notario Público pero lo detallo en caso quieran empaparse de lo que hace la Notaria en el tiempo que demora su trámite, sin embargo este también puede realizarse por uno mismo y es recomendable para evitar cualquier error que pueda cometer la notaría elegida ***********************

TERCERO: "ELEVAR ESCRITURA PUBLICA A REGISTROS PUBLICOS E INSCRIPCION EN SUNAT"
En este paso tenemos que acudir a la ayuda de un Notario y a la consulta de uno de las abogados del Staff para que nos ayuden con la escritura pública y la redacción de TESTIMONIO elemento base en la creación de la empresa puesto que en esta se detalla el Objeto Social (A qué nos vamos a dedicar), también detallamos la designación de la Gerencia General, Apoderados y Miembros del Directorio así como las funciones de cada uno, -para más informacion estaré ingresando un Foro sobre como detallar en el Testimonio la función de cada miembro dependiendo de sus inquietudes-, también en el Testimonio tendremos que detallar el Aporte de Capital y si es Pagado en Bienes o Efectivo, importante saber esto puesto que el Notario les va a cobrar en función a eso, sin embargo lo mínimo que cobra un Notario de un nivel promedio es de S/.1300.00 incluyendo la Redacción del Testimonio y la firma de los Socios así como la inscripción y entrega del RUC de la empresa constituida.

CUARTO: "LOCAL E IMPLEMENTACIÓN DEL MISMO"
A partir de que tengamos la empresa legalmente constituída y nuestro número de RUC es obvio que ya contamos con un local en donde operaremos, sin embargo este debe cumplir con requisitos mínimos para que se nos pueda aprobar y otorgar el Código como Agencia de Carga y estos son:

- Área Mínima: No se requiere, a diferencia de una Ag. de Aduana.
- Equipos de Seguridad: Las que te exige Defensa Civul (Extinguidor, Botiquin, Señalización, etc.)
- Lincencia de Funcionamiento y Certificado de Indeci o Defensa Civil (Próximo Foro sobre este tema)
- Equipos de Cómputo que tengan como Página de Inicio el Portal de la Sunat (www.sunat.gob.pe)
- Estos equipos de Cómputo deberán de tener un ativirus comprado legalmente
- Servicio de Telefonía e Internet empresarial (No se acepta el internet convencional que se usa en casa)

Estos requisitos son los mínimos que debemos cumplir para que la Sunad nos brinde la autorización para operar, lo detallo antes porque esto tiene que estar listo desde ya.

QUINTO: "AUTORIZACION MINISTERIO DE TRANSPORTE Y COMUNICACIONES - MTC"
 El "MTC" tiene que otorgarnos un certificado de inscripcion como Agentes de Carga Marítimo y para esto se deberá presentar una Solicitud dirigida al Director General de Transporte Acuático, indicando: razón social, Nº de RUC, domicilio, nombre del representante legal, ámbito, tráfico y modalidad del servicio a prestar (Agenciamiento de Carga Internacional).
De acuerdo a la Base Legal se debería de pagar un importe de S/.2450.00 por inscripción en el Registro de Operadores, sin embargo el TUPA bajo esa Base Legal aún no ha sido aprobado por lo que se puede realizar el trámite e inscripción sin ningún tipo de pago, el Trámite demora entre 15 a 20 días.

SEXTO: "SOLICITUD DE CODIGO ANTE LA ADUANA MARITIMA DEL CALLAO"
Finalmente el trámite más difícil y el que toma más tiempo es la solicitud en la Aduana Marítima del Callao, en primera instancia tenemos que presentar un expediente con diversa documentación el cual voy a detallar en mi siguiente blog y el que será publicado el día Miércoles 31 de Agosto en donde incluso pondré modelos de la documentación que se solicita para evitar cualquier problema.
El trámite demora cerca de 3 meses y en el primer mes se podrá ingresar documentación extra que la Aduana crea conveniente solicitar, luego de aprobada la documentación se realizará la programación de la Visita de un Inspector al local donde operan y este verificará que todo lo establecido en el punto cuarto de este blog se cumpla, de haber alguna observación se le notificará y tendrán que esperar más tiempo para que se le asigne el código.

Espero que la información brindada en este primer blog haya sido útil para ustedes, estaré detallando mas información en blogs posteriores, si tienen alguna consulta sobre alguno de los puntos por favor comentenlas y de este modo podré absolver sus dudas al tema.

Los siguientes blogs que publicaré serán:
- "Autorización de la Aduana Marítima del Callao para operar como Agentes de Carga Internacional"
- "Detalles Importantes que deben de ir en el Testimonio de la Empresa para Agentes de Carga"
- "¿Cómo empezar a operar como Agentes de Carga?

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BIBLIOGRAFÍA:

* SUNARP - TUPA - Texto Único de Procedimientos Administrativos
* MTC - TUPA - Texto Único de Procedimientos Administrativos
* Decreto Legislativo Nº 644 (04.07.91) Art. 2º
* Decreto Legislativo Nº 683 (03.11.91) Art. 5º
* Ley Nº 28583 (22.07.05) Art. 6º
* Decreto Supremo Nº 021-2007-MTC-(06.07.07) Arts. 53º y 55º
* SUNAT - Procedimientos para Operadores de Comercio Exterior